Cucha que te diga, hoy tenemos una colaboración de nuestro farmacéutico preferido: Carlos Fernández Oropesa (@rincondesisifo). Le hemos pedido que nos haga un post acerca de aspectos a tener en cuenta con la prescripción enfermera y el ha accedido a nuestra petición, por lo que se lo agradecemos mucho y sin más os dejamos con su trabajo:

Como todos sabéis, una modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios abrió la puerta en España a la prescripción enfermera. Previamente, la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía había publicado un Decreto que facultaba al personal de enfermería de dicha comunidad autónoma a usar e indicar los medicamentos que, de acuerdo con la normativa vigente, no estén sujetos a prescripción médica y, en su caso, autorizar su dispensación con cargo a la prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía. Esta norma, que tuvo que sortear en sus inicios algunos escollos legales y la oposición frontal de la OMC, fue pionera en España y ha abierto la puerta a que un numeroso colectivo profesional no médico, como ocurre en otros países, tenga acceso a prescribir medicamentos.

Veneno rojo!
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Promover un uso adecuado de los medicamentos, entre los profesionales de enfermería, requiere tener presente los siguientes aspectos:

1.- En 1985, la Organización Mundial de la Salud definió el uso racional de los medicamentos como que los pacientes reciban la medicación adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis correspondientes a sus requisitos individuales, durante un período de tiempo adecuado y al menor coste posible para ellos y para la comunidad. Esta definición implica una selección correcta del medicamento y otros aspectos no menos importantes como la dosis, vía de administración, duración del tratamiento y los costes de adquisición.

2.- Una buena prescripción es aquélla que es racional, basada en la evidencia, clara, completa y capaz de mejorar la salud del paciente. Omitir la indicación o utilizar una inadecuada, no incluir la dosis, frecuencia y vía de administración, un esquema terapéutico o la duración del tratamiento, incurrir en  duplicidades terapéuticas y no tener en cuenta las potenciales interacciones o las reacciones adversas, son componentes característicos de una prescripción inapropiada.

3.- Desde un punto de vista clínico, es de gran utilidad conocer las claves del proceso de terapéutica razonada, que consta de 6 fases:

– Definir el problema que presenta el paciente.

– Especificar el objetivo terapéutico.

– Comprobar si el medicamento seleccionado es la mejor opción en este caso concreto.

– Realizar la prescripción, propiamente dicha.

– Dar información e instrucciones detalladas al paciente.

– Supervisar y, en su caso, detener el tratamiento.

4.- Como hemos visto en el apartado anterior, la prescripción de un medicamento exige una selección previa entre todas las opciones posibles. Se denomina posicionamiento terapéutico a la toma de decisiones sobre qué lugar debe ocupar un medicamento dentro del esquema terapéutico de una indicación clínica o de un problema de salud específico. Dicho posicionamiento se realiza en base a unos criterios primarios (pruebas de su seguridad y eficacia en la indicación considerada) y otros secundarios (adecuación a características del paciente y precio).

5.- La principal fuente de evidencia sobre la seguridad y eficacia de un fármaco son los ensayos clínicos aleatorizados. No obstante, debido a las limitaciones de éstos, los estudios observacionales son de gran utilidad para completar el perfil de seguridad de los fármacos.

Florence Nightingale
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6.-Sin menoscabo de lo anterior, debemos tener en cuenta que las evidencias están jerarquizadas, por lo que conocer el posicionamiento terapéutico de un fármaco en una determinada patología exige consultar otros documentos, como guías de práctica clínica de calidad contrastada.

7.- Una vez seleccionado un determinado fármaco, la ficha técnica constituye el documento oficial en el que se describen las características del medicamento, así como las indicaciones y condiciones de uso autorizadas. Teniendo en cuenta que se considera que casi la mitad de las reacciones adversas a medicamentos son evitables (y por tanto, prevenibles) es importante familiarizarnos con su contenido antes de incorporar un determinado fármaco a nuestro particular vademécum.

8.- La gran penetración de Internet en la población general ha dado lugar al denominado paciente empoderado o e-paciente, al que podríamos definir como alguien que se preocupa por su enfermedad, que desea tener información sobre la misma -a veces, de forma exhaustiva- que contrasta con otros pacientes como él y, como no, con su médico y que, en definitiva, quiere participación y poder de decisión sobre su tratamiento. Esta realidad debemos vivirla como una oportunidad para corresponsabilizar a los pacientes y mejorar la adhrencia a los tratamientos, antes que como una amenaza.

9.- Como hemos comentado anteriormente, los fármacos no están exentos de reacciones adversas, cuya mera sospecha debemos notificar al Sistema Español de Farmacovigilancia. Son especialmente relevantes las notificaciones relativas a fármacos de reciente comercialización (<5 años), las graves, o las no descritas previamente.

10.- Los contrato-programa de los servicios de salud contienen indicadores de calidad de la prescripción cuyo objetivo es mejorar el uso de los medicamentos y, por ende, la calidad asistencial. Cada indicador constituye la herramienta de monitorización de un determinado criterio de utilización. Éstos se elaboran en base a la mejor evidencia disponible por equipos multidisciplinares de profesionales sanitarios de los que los enfermeros forman parte.

¿Qué es la web 2.0? Nube de etiquetas
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Como habréis podido observar, realizar un uso adecuado de los medicamentos requiere tener en cuenta distintos elementos relacionados con el paciente, la patología, el fármaco y el entorno en el que nos movemos. Desde estas líneas animamos a los enfermer@s a asumir con decisión y responsabilidad sus nuevas funciones. Sus compañeros, los farmacéuticos de atención primaria o de hospital, que tenemos encomendada entre nuestras funciones, la de contribuir al uso seguro y eficiente de los medicamentos, estaremos encantados de potenciar nuestras tradicionales líneas de colaboración, de las que este post no es más que una pequeña muestra.

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10 comentarios en “10 cuestiones a tener en cuenta en la prescripción enfermera”

    1. Antonio Jesús Ramos Morcillo

      Pues si Esther, la verdad es que se lo agradecemos mucho que sea tan clarito… claro que es que quien entiende claro escribe claro….

  1. Muy bueno el artículo. Algo que muchos llevamos realizando durante años. Ahora, si no me equivoco debemos realizar un curso, o como se llame que nos de el sello de prescriptores… para poder cumplir con la legalidad, legalidad dictada por otros. En fin…
    Muy bueno el artículo, claro y muy conciso.
    Besos miles

    1. Antonio Jesús Ramos Morcillo

      Pues Lola se lo pedimos estratégicamente a el, porque sabe tela lo primera y porque es bloguero lo segundo, eso le hace tener un capacidad de síntesis tan potente como la que ha mostrado. Muy conciso, como diría alguien que conozco ha ido al turrón¡¡
      Beso.

      1. No, por favor, no me interpretes como una crítica… por favor! Es un artículo muy bueno y muy bien escrito y razonado… No. Lo que me da rabia son los vaivenes que hemos llevado en nuestra profesión con respecto a la prescripción por los imperativos de otro colectivo profesional que ha cortado no sólo su bacalao, sino el nuestro. Que hayamos estado en la “alegalidad” por razones ajenas a nuestra capacidad profesional… Eso es lo que quería decir mi más que amargada reflexión de arriba. Pero en absoluto era una crítica a quien ha escrito, y muy bien por cierto, este artículo.
        Pido disculpas si he dado a entender eso…
        Besos miles

        1. Antonio Jesús Ramos Morcillo

          Pero que va¡¡¡ para nada lo he interpretado como una crítica. Si yo estoy de acuerdo contigo, era necesario legalizar parte de nuestras prácticas y tenemos una trayectoria histórica que es la que es…
          Efectivamente Carlos nos ha regalado un gran post (cuando lo lei pensé que vaya regalo, que era un artículo).
          Beso gordo¡¡

  2. Gracias por compartir tanto conocimiento 🙂

    Como dice Lola, es algo que Enfermería lleva haciendo mucho tiempo, pero debemos seguir matizando. Para mi lo más importante, como creo que ya se ha hablado muchas veces, es tener claro que la prescripción enfermera debe surgir de NUESTRA propia labor y NUESTRO propio diagnóstico, y no de las necesidades y de los diagnósticos de otros profesionales.
    No tengo muy claro como se está haciendo la verdad, pero me da la sensación de que el jaleo está ahí, no podemos olvidar que somos enfermeras y no médicos, y por lo tanto, tenemos que manejar nuestro campo perfectamente (Proceso Enfermero), para hacer una buena prescripción (enfermera).

    Un abrazo!

    1. Antonio Jesús Ramos Morcillo

      Jesús la prescripción en Andalucía para enfermería tiene sus matizaciones y estan dentro de un marco legal que como muy bien apuntas se mueve dentro del proceso enfermero.
      Un abrazo

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